Según el Artículo 15.—De los Deberes del Docente en Relación con laEvaluación de los Aprendizajes. Del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes (Publicado el 14 de julio de 2009 en el Diario Oficial la Gaceta y vigente para el presente curso lectivo)
“El docente responsable y vinculado directamente con el estudiante en los procesos de aprendizaje, tiene en materia de evaluación las siguientes obligaciones éticas, profesionales y administrativas:
e) Revisar y calificar las pruebas y trabajos que realicen los estudiantes y devolverlas a éstos calificadas en un tiempo máximo de ocho días hábiles posteriores a su aplicación.
POR TANTO, sólo tiene 8 días hábiles (cuenta de lunes a viernes) posteriores a la entrega del trabajo o la realización de la prueba.