Según el Artículo 15.—De los Deberes del Docente en Relación con la Evaluación de los Aprendizajes. Del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes (Publicado el 14 de julio de 2009 en el Diario Oficial la Gaceta y vigente para el presente curso lectivo)
“El docente responsable y vinculado directamente con el estudiante en los procesos de aprendizaje, tiene en materia de evaluación las siguientes obligaciones éticas, profesionales y administrativas:
h) Analizar con los estudiantes las respuestas a las preguntas de las pruebas u otros trabajos, en el acto en que se entreguen sus resultados.
Esta entrega deberá hacerse, no más allá, de ocho días hábiles después de su aplicación.
POR TANTO, SÍ está obligado a realizar la revisión.
que pasa si el tiempo de la leccion (40 minutos), en la cual me devuelven un examen calificado, no alcanza para analizar todas las respuestas a las preguntas de la prueba, por situación de fuerza mayor o por la naturaleza misma del examen..?
el docente debe continuar la revisión en la siguiente clase